SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2006-R

Fecha: 01-Nov-2006

II.4.

II.4. Por Auto de 28 de octubre de 2005 (fs. 108) el Juez recurrido determinó que el recurrente restituya el predio en cuestión a favor de los terceros interesados, dentro del tercer día a partir de su notificación legal, bajo apercibimiento de lanzamiento. Mediante memorial presentado el 22 de noviembre de 2005 (fs 79 y vta.) el recurrente solicitó al Juez demandado deje sin efecto dicho Auto en la parte en que apercibe lanzamiento. Por providencia de 2 de diciembre de 2005 (fs. 3 vta.), el Juez recurrido una vez subsanado el copatrocinio profesional corrió en “traslado” a los terceros con interés legítimo.