Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1127/2006-R
Fecha: 09-Nov-2006
denegó
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional denegó el recurso por cuanto el poderdante del recurrente tuvo conocimiento del proceso, se apersonó a la causa e incluso fue detenido por la Policía Técnica Judicial (PTJ); además la última actuación del recurrente de 23 de septiembre de 2004, fue hace más de seis meses y por otra parte, no acreditó mayor prueba pese a que por Auto de 26 de enero de 2006 por el que se observó el recurso presentado se le pidió que acompañe copias de los actuados procesales.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- denegó
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- la recurrente tuvo conocimiento material del avance del proceso, de manera que, fue con su negligencia que provocó que se la declare en rebeldía, pues fue ella la que dejó de concurrir a los actuados procesales; no obstante ello, volvió a comparecer anunciando asumir su defensa
- III.4.
- III.5.
- denegado
- APROBAR