SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1127/2006-R
Fecha: 09-Nov-2006
III.4.
III.4. De la escasa documentación adjunta al recurso, si bien es posible constatar que contra José Antonio Márquez Beltrán se presentó una denuncia por la presunta comisión de un delito que dio lugar a la Instrucción en la que se pronunció el Auto Final para su procesamiento y luego en el juicio plenario se le condenó con la pena privativa de libertad de cinco años de reclusión en el Penal de San Pedro mediante Resolución 63/2004, de 24 de mayo, pronunciada por el Juez recurrido, y que contra el poderdante del recurrente se libró mandamiento de condena; por otra parte existe la evidencia que el recurrente -deliberadamente o no- no ha acompañado a su demanda toda la documentación relativa a los antecedentes del proceso penal seguido contra su mandante, particularmente con relación al apersonamiento de éste dentro del proceso en la fase de Instrucción -circunstancia informada por el Juez recurrido y que no fue desmentida- creando incertidumbre en lugar de certeza, pues de una eventual verdad planteada a medias podría darse lugar a que se emita una resolución que no corresponda a los hechos; es decir, a los antecedentes del proceso, lo que impide ingresar a analizar el fondo del asunto y otorgar el amparo, toda vez que no puede dictarse una resolución de procedencia cuando los elementos de juicio y la documentación presentada por el recurrente no condicen con la realidad, lo que impide que se pueda con absoluta certeza determinar los hechos ocurridos, y peor aún, fallar favorablemente cuando de por medio existe una causa probable de subsidiariedad.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- denegó
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- la recurrente tuvo conocimiento material del avance del proceso, de manera que, fue con su negligencia que provocó que se la declare en rebeldía, pues fue ella la que dejó de concurrir a los actuados procesales; no obstante ello, volvió a comparecer anunciando asumir su defensa
- III.4.
- III.5.
- denegado
- APROBAR