SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1127/2006-R
Fecha: 09-Nov-2006
la recurrente tuvo conocimiento material del avance del proceso, de manera que, fue con su negligencia que provocó que se la declare en rebeldía, pues fue ella la que dejó de concurrir a los actuados procesales; no obstante ello, volvió a comparecer anunciando asumir su defensa
En un sentido contrario, esta claro que no se concederá el recurso cuando “no existe evidencia alguna de que el Juez recurrido hubiera ocasionado indefensión en la recurrente” (SC 0919/2004-R, de 15 de junio), pues, como se explicó en el caso entonces examinado, más bien se constató que la recurrente hizo uso de su derecho a la defensa en la fase de la instrucción del proceso incluso en la fase del plenario, concluyendo que “la recurrente tuvo conocimiento material del avance del proceso, de manera que, fue con su negligencia que provocó que se la declare en rebeldía, pues fue ella la que dejó de concurrir a los actuados procesales; no obstante ello, volvió a comparecer anunciando asumir su defensa” (las negrillas son nuestras).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- denegó
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- la recurrente tuvo conocimiento material del avance del proceso, de manera que, fue con su negligencia que provocó que se la declare en rebeldía, pues fue ella la que dejó de concurrir a los actuados procesales; no obstante ello, volvió a comparecer anunciando asumir su defensa
- III.4.
- III.5.
- denegado
- APROBAR