Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2006-R
Fecha: 16-Nov-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce, por mandato de los arts. 18.III y 120. 7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional en revisión, APRUEBA la Resolución 87/2006, de 9 de octubre, cursante de fs. 315 vta., a 316 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tiene su origen en el mandamiento de apremio que libró la autoridad judicial recurrida por el incumplimiento de parte de la representada del actor de observar lo dispuesto por Auto de 18 de octubre de 2005, esto es, realizar el depósito de $us12500.-, monto de dinero del anticrético- a nombre del juzgado, en el plazo de 7 días
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA