Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2006-R
Fecha: 16-Nov-2006
II.2.
II.2. En ejecución de sentencia a solicitud del ejecutante (fs. 114 y vta.) el Juez recurrido, por Auto de 7 de julio de 2005, dispuso la ampliación del embargo por el monto de dinero señalado en el contrato anticrético suscrito entre el ejecutado y María Lourdes Vega Vda. de Antúnez,-representada del recurrente-, contrato que fue ofrecido como garantía expresa dentro de un documento base de ejecución, en la suma de $us9000.- (fs. 115 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tiene su origen en el mandamiento de apremio que libró la autoridad judicial recurrida por el incumplimiento de parte de la representada del actor de observar lo dispuesto por Auto de 18 de octubre de 2005, esto es, realizar el depósito de $us12500.-, monto de dinero del anticrético- a nombre del juzgado, en el plazo de 7 días
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA