SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
que la investigación fue realizada respecto de los hechos fácticos acusados como sancionables o punibles, que inclusive han sido mencionados por el recurrente en su demanda de amparo constitucional,
La línea jurisprudencial transcrita es válida plenamente para los casos que ingresen al ámbito de la justicia penal militar, puesto que en ambas se asimilan las fases del proceso, de manera que en el caso ahora estudiado, se tiene que el hecho de haberse calificado, en el Auto inicial del sumario informativo, la conducta del recurrente como presunta comisión de delitos y haberle sancionado por faltas disciplinarias, no conculca ninguno de sus derechos y garantías fundamentales, toda vez que, de la revisión minuciosa del cuaderno procesal enviado a este Tribunal, se constata que la investigación fue realizada respecto de los hechos fácticos acusados como sancionables o punibles, que inclusive han sido mencionados por el recurrente en su demanda de amparo constitucional, coincidiendo éstos con los detallados en el informe en conclusiones elaborado en el sumario del que emerge el presente recurso, motivo por el que, en este punto, no existe conculcación de los derechos del demandante.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- Fragmento 13
- III.1. En relación a la presunta sanción previa
- III.2. Relevancia constitucional de cada actuación denunciada
- SC 0348/2005-R
- respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
- que la investigación fue realizada respecto de los hechos fácticos acusados como sancionables o punibles, que inclusive han sido mencionados por el recurrente en su demanda de amparo constitucional,
- de sanción disciplinaria cuando el acto resulte ser falta grave,
- el recurrente también demanda tutela por considerar que el Auto final de sumario, de 27 de mayo de 2005, carece de motivación
- carece totalmente de motivación,
- derecho a la seguridad jurídica
- APRUEBA