Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1258/2006-R
Fecha: 11-Dic-2006
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2004 (fs. 111), la demandante del proceso principal solicitó liquidación de asistencia familiar devengada; habiendo el Secretario del Juzgado Cuarto de Partido de Familia del Distrito Judicial de Santa Cruz, realizado el detalle de dicha liquidación el 30 de diciembre de 2004 (fs. 112) por la suma total de Bs34040.- (treinta y cuatro mil cuarenta bolivianos) hasta el 13 de diciembre de 2004.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Existencia de identidad de sujeto, objeto y causa con otra acción tutelar es causal de improcedencia del recurso de hábeas corpus
- el recurrente no puede pretender que este Tribunal que ya emitió un pronunciamiento expreso sobre el mismo problema jurídico planteado -en ambos recursos- vuelva a considerar el fondo de lo que ya ha sido demandado y resuelto, porque de así hacerlo, incurriría en una innecesaria e irregular duplicidad de fallos respecto de un mismo asunto; sólo por el uso abusivo y temerario de este recurso constitucional
- III.2.
- contra la misma autoridad judicial y por los mismos hechos, haciendo uso excesivo de esta acción tutelar al activar dos recursos extraordinarios paralelos, desconociendo que, estando el primero en trámite y sin que se cuente aún con un pronunciamiento definitivo, no está permitida la interposición de un nuevo recurso extraordinario con similares argumentos y contra las mismas personas.
- Fragmento 19
- III.3. Terminología adecuada en Resoluciones y Sentencias Constitucionales que resuelven recursos de hábeas corpus
- APROBAR