Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1258/2006-R
Fecha: 11-Dic-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión la Sentencia “15/05”, de 25 de octubre de 2006, cursante de fs. 194 vta. a 198, pronunciada por el Juez Cuarto de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Ignacio Dorado Casupa en representación sin mandato de David Camacho Orozco contra Norma Vespa De Rivera, Jueza Cuarta de Partido de Familia del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración del derecho de su representado a la libertad de locomoción y de la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 6.II, 7 inc. g) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Existencia de identidad de sujeto, objeto y causa con otra acción tutelar es causal de improcedencia del recurso de hábeas corpus
- el recurrente no puede pretender que este Tribunal que ya emitió un pronunciamiento expreso sobre el mismo problema jurídico planteado -en ambos recursos- vuelva a considerar el fondo de lo que ya ha sido demandado y resuelto, porque de así hacerlo, incurriría en una innecesaria e irregular duplicidad de fallos respecto de un mismo asunto; sólo por el uso abusivo y temerario de este recurso constitucional
- III.2.
- contra la misma autoridad judicial y por los mismos hechos, haciendo uso excesivo de esta acción tutelar al activar dos recursos extraordinarios paralelos, desconociendo que, estando el primero en trámite y sin que se cuente aún con un pronunciamiento definitivo, no está permitida la interposición de un nuevo recurso extraordinario con similares argumentos y contra las mismas personas.
- Fragmento 19
- III.3. Terminología adecuada en Resoluciones y Sentencias Constitucionales que resuelven recursos de hábeas corpus
- APROBAR