SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1261/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1261/2006-R

Fecha: 11-Dic-2006

I.2.3. Intervención del tercero interesado

El tercero interesado, en audiencia, señaló que el “3 de octubre” se solicitó que se declare el abandono de querella en aplicación del art. 292 inc. 4) del CPP; sin embargo, el Juez recibió un memorial donde se justifica la ausencia del representante el recurrente, pidiendo se deje sin efecto la declaratoria de extinción de la acción penal. El abandono de querella por inasistencia a la audiencia de conciliación (art. 381 del CPP), es diferente a los casos establecidos en el art. 292 del CPP.