SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

examinando el contenido de la Resolución pronunciada por el a quo

Con esta actuación, los recurridos han inobservando los preceptos contenidos en los arts. 124 y 236 inc. 3) del CPP, sin tener en cuenta, que la fundamentación constituye un conjunto articulado de hechos que permiten inferir de manera objetiva que la persona imputada es probablemente autora de una infracción o partícipe de la misma y que existe riesgo de fuga y/u obstaculización de la averiguación de la verdad; exigencia que adquiere mayor relevancia tratándose de resoluciones pronunciadas por los tribunales o jueces que deben resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por los jueces de instancia; por lo que respecto de dichos Vocales, corresponde brindar la tutela demandada, con la finalidad de que pronuncien nueva resolución debidamente fundamentada, analizando si en el caso se presentan los requisitos previstos en los arts. 233, 234 y 235 del CPP para la detención preventiva de los recurrentes, examinando el contenido de la Resolución pronunciada por el a quo y los puntos impugnados por el Ministerio Público, así como las observaciones que pueda realizar la defensa de los imputados.