SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

i)

La Vocal codemandada, Blanca Alarcón de Villarroel, manifestó lo siguiente: i) se consideraron los riesgos procesales de peligro de fuga y de obstaculización y lo previsto por el art. 233 del CPP con referencia a que los representados del recurrente son con probabilidad partícipes del hecho denunciado, pues existen mandamientos de aprehensión emitidos tanto por autoridades fiscales como por autoridades jurisdiccionales de La Paz y Cochabamba, y los representados tienen un frondoso prontuario de las actividades ilícitas a las que se dedican; ii) no se produjo la confusión de casos que alegan los representados del recurrente, al contrario el Presidente de Sala al momento de emitir Resolución se refiere a ambos casos y señala que se individualizó a los autores de los ilícitos; iii) la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz correcurrida no incurrió en ninguna arbitrariedad.