SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 731/2006, de 9 de noviembre, cursante de fs. 27 a 28 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Ejnar William Sánchez Peña Carraffa en representación sin mandato de Roger Camacho Vásquez, Jaime Sahonero Flores, Zenón Oscar Padilla Cáceres, Iván Castro Gamboa y Edgar Tancara Sandagorda contra Ernesto Macuchapi Laguna, Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Blanca Alarcón de Villarroel, Fiscal de Materia de El Alto y Vocales de la Sala Penal Tercera del mismo Distrito Judicial, alegando vulneración a los derechos de sus representados a la libertad de locomoción, seguridad jurídica, y de las garantías del debido proceso e inviolabilidad del domicilio previstos en los arts. 6.II, 7 incs. a), g), 16.IV y 21 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre la actuación de los Vocales recurridos
- el Tribunal de apelación, está obligado a motivar y fundamentar su Resolución, precisando los elementos de convicción que le permiten concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva
- respecto a la estructura de la motivación con relación a las resoluciones de medidas cautelares cuando existen varios imputados, consiste en la individualización de cada uno de ellos
- a)
- examinando el contenido de la Resolución pronunciada por el a quo
- hay dudas respecto a las circunstancias de la aprehensión de los imputados
- III.2. Sobre las supuestas irregularidades en la imputación formal