SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
hay dudas respecto a las circunstancias de la aprehensión de los imputados
En ese ámbito, en cuanto a la supuesta aprehensión ilegal denunciada, serán los Vocales recurridos, quienes, conforme a los fundamentos precedentemente aludidos deberán pronunciarse sobre el particular, toda vez que la Resolución del Juez a quo, a la que tienen que remitirse los demandados para su análisis, fundamentó la cesación de la detención preventiva en los siguientes extremos: “…la imputación no está individualizada, refiere otros hechos, hay dudas respecto a las circunstancias de la aprehensión de los imputados y la razón del allanamiento del alojamiento, las declaraciones informativas refieren otros hechos, y sobre todo que para la audiencia de medidas cautelares se ha presentado y valorado prueba relacionada a otros proceso…”; consecuentemente, esos aspectos deben ser dilucidados por los Vocales ahora recurridos, previo análisis de los elementos probatorios existentes; situación que determina la improcedencia del recurso respecto al Fiscal correcurrido.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre la actuación de los Vocales recurridos
- el Tribunal de apelación, está obligado a motivar y fundamentar su Resolución, precisando los elementos de convicción que le permiten concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva
- respecto a la estructura de la motivación con relación a las resoluciones de medidas cautelares cuando existen varios imputados, consiste en la individualización de cada uno de ellos
- a)
- examinando el contenido de la Resolución pronunciada por el a quo
- hay dudas respecto a las circunstancias de la aprehensión de los imputados
- III.2. Sobre las supuestas irregularidades en la imputación formal