SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

III.2.

III.2.Antes de entrar a considerar el fondo del recurso planteado corresponde señalar que los recurrentes mencionan como lesionado el derecho a la seguridad jurídica que se encuentra reconocido por el art. 7 inc. a) de la CPE, que de acuerdo con la jurisprudencia constitucional “…representa la garantía de aplicación objetiva de la ley, de modo tal que las personas saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los gobernantes pueda causarles perjuicio” (SSCC 0287/1999-R, 1509/2004-R, entre otras).

De otro lado, los recurrentes también nombran como vulnerado el derecho al debido proceso, el mismo que es entendido por este Tribunal Constitucional como: “…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar”, que comprende “el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos…" (SSCC 0418/2000-R y 1276/2001-R),