Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1317/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La abogada del recurrente a tiempo de ratificar el recurso interpuesto, hizo una relación de los antecedentes procesales incidiendo en el hecho de que el Juez de la causa dictó a su juicio el Auto de extinción de la acción penal, haciendo un análisis minucioso y fundando su decisión aludiendo a 46 actos procesales a los que el querellante no asistió en la tramitación del proceso, mientras que el Tribunal de alzada, contrariamente, dictó un Auto de Vista por el que revocó la Resolución del Juez, en dos párrafos señalando la SC 101/2004, pero sin guiarse en los “parámetros objetivos” que indica dicha Sentencia Constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- deniega
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- que la mora procesal más allá del plazo máximo establecido por ley, es de responsabilidad del órgano judicial o del Ministerio Público
- III.4.
- III.5.
- APROBAR