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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1317/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1317/2006-R

    Fecha: 18-Dic-2006

    II.5.

    II.5.  El 22 de febrero de 2001, el Juez Tercero de Partido en lo Penal pronunció Sentencia condenatoria contra el ahora recurrente (fs. 81 a 82 vta.), habiendo éste, el 21 de marzo de 2001, solicitado al Juez prueba pericial, denunciando fraude procesal y anunciado que usará el recurso de revisión extraordinario de sentencia (fs. 89 a 90 vta.); el 4 de abril de 2001, el Juez decretó no ha lugar a la solicitud impetrada (fs. 91).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • deniega
    • II.1.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • que la mora procesal más allá del plazo máximo establecido por ley, es de responsabilidad del órgano judicial o del Ministerio Público
    • III.4.
    • III.5.
    • APROBAR

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