SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1328/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1328/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

a)

El recurrente alega la vulneración de sus derechos a la defensa, a la igualdad entre partes, a no ser torturado y a ser asistido por un abogado desde el momento de su detención, por cuanto dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra y otros, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado y tráfico de sustancias controladas: a) la Jueza cautelar recurrida, en suplencia legal, en la audiencia de medidas cautelares, sin pronunciarse sobre  su falta de notificación previa a esa audiencia con la imputación formal, ordenó su detención preventiva; b) Los Vocales recurridos confirmaron la decisión de la Jueza inferior, aduciendo la existencia de la notificación con la imputación formal; asimismo, rechazaron la complementación y enmienda solicitada de su parte; c) Denuncia no haber tenido acceso al cuadernillo de investigación ni tener siquiera fotocopias simples del mismo. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la CPE.