Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1328/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
II.8.
II.8. Los Vocales recurridos a través del Auto de 1 de febrero de 2006, confirmaron en todas sus partes el auto apelado, con el fundamento de que existe la notificación con la imputación formal al imputado y que por los certificados adjuntos, establecen que no existe un domicilio que demuestre la habitualidad de la vivienda, manteniéndose latente el peligro de fuga (fs. 71 a 73).