Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0160/2006-R
Fecha: 10-Feb-2006
II.9.
II.9. Por Resolución 410/2003, de 2 de diciembre, el Juez recurrido declaró rebelde y contumaz a la ley al procesado Germán Alberto “Carlos”(sic) Laime y otros, disponiendo su juzgamiento en rebeldía, ordenando el secuestro de sus bienes y la suspensión del derecho de ciudadanía, conforme dispone el art. 253 del CPP, asimismo, designó Defensora de Oficio, disponiendo se notifique mediante edicto dicho Auto (fs. 34); a cuya consecuencia, se publicó el referido edicto en la radio Illimani el 12 de diciembre de 2003 (fs. 35).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el sentido de protección que la Ley Fundamental otorga a través del hábeas corpus, no está destinado a que los procesados que por negligencia no impugnaron la supuesta lesión al debido proceso, y dentro de éste el derecho a la defensa, puedan hacerlo a través del hábeas corpus
- III.2.
- III.3.
- III.4.