SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0160/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0160/2006-R

Fecha: 10-Feb-2006

III.4.

III.4. Por otra parte, corresponde recordar que el recurso de hábeas corpus, tiene por finalidad esencial garantizar la libertad física o de locomoción, y procede cuando una persona se encuentra indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa; en el caso que se examina, no se advierte la concurrencia de ninguno de estos presupuestos jurídicos; por cuanto, si bien dentro del proceso penal seguido contra el ahora recurrente, a momento de dictarse el Auto Final de Procesamiento, se ordenó el libramiento del mandamiento de aprehensión; empero, no es menos cierto, que hasta la fecha de interposición del recurso (7 de noviembre de 2005), no fue expedido y mucho menos, ejecutado mandamiento alguno contra el ahora recurrente que restrinja su derecho a la libertad; por el contrario, por los antecedentes que informan el legajo remitido a este Tribunal, se evidencia que cursa una certificación de 8 de noviembre de 2005 (fs. 48), que acredita no haberse librado mandamiento de aprehensión alguno contra el recurrente; consiguientemente, no se advierte que el actor hubiera estado indebida e ilegalmente perseguido; de donde resulta, que en los hechos no fue objeto de persecución indebida u hostigamiento que ha sido definida por este Tribunal como "(...) la acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por Ley; o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos por ella" (SSCC 0535/2001-R, 0266/2001-R y 0320/2002-R, entre otras); extremo que no aconteció en este caso.