SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0251/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
III.1.
III.1. Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada corresponde recordar que este Tribunal en la SC 0236/2006-R, de 14 de marzo, haciendo una diferenciación de funciones tanto de la Aduana Nacional como del Ministerio Público, así como limitando la intervención de ambas entidades dentro del proceso penal y trámite de nacionalización de vehículos indocumentados, de acuerdo a sus normativas aplicables, señaló lo siguiente:
Esta disposición es recogida por el "Procedimiento para la regularización de vehículos y el procedimiento para la regularización de adeudos tributarios aduaneros de mercancías" aprobado por Resolución de Directorio de la Aduana Nacional RD-01-019-03, de 4 de septiembre de 2003, que señala, entre otros aspectos, en el punto 1.5. que en caso de que el vehículo esté registrado con denuncia de robo se estampará la leyenda "Vehículo Robado" en toda la documentación contenida en la respectiva carpeta, debiendo remitirse al fiscal asignado a DIPROVE la documentación pertinente, y el funcionario de la Aduana cancelar en el sistema informático el parte de recepción, armando un archivo consolidado de todos los vehículos reportados como robados, además de controlar que el vehículo salga del circuito operativo, debiendo éste ser extraído del depósito aduanero en un plazo máximo de veinticuatro horas por parte de la Fiscalía.
De las referidas normas se establece que la decisión sobre la solicitud de los interesados que se acojan al Programa Excepcional, dependerá exclusivamente de la Aduana Nacional, porque es este Organismo el que tiene que verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el art. 32 del DS 27149 así como lo prescrito por los DDSS 27474, 27627, demás normas y Resoluciones aplicables.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- Fragmento 13
- III.1.2. Intervención del Ministerio Público
- la participación del Ministerio Público se limita al desarrollo del proceso penal en la respectiva etapa o fase procesal, sin que le corresponda ningún pronunciamiento respecto al trámite de nacionalización de vehículos, al ser ésa una facultad privativa de la Aduana Nacional,
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.3.
- III.4.
- 2º