SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0257/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
procedente
La Resolución cursante a fs. 21 y vta., declaró procedente el recurso, disponiendo la cesación inmediata de la persecución ilegal o indebida y se deje sin efecto cualquier orden de aprehensión o detención dispuesta sin las formalidades exigidas por ley, con los siguientes fundamentos: 1) el recurrente fue aprehendido sin estar inmerso dentro de los casos señalados por el art. 227 del CPP, menos fue puesto este hecho a conocimiento y disposición del representante del Ministerio Público; 2) la requisa efectuada al vehículo del actor incumplió con la disposición contenida en los arts. 175 y 176 del CPP; ya que no existe el acta exigida; 3) se evidencia un excesivo celo en la labor de interdicción en franco abuso de autoridad, por cuanto basaron sus actuaciones en los antecedentes de familiares del recurrente y en un anterior proceso de éste en el que fue absuelto dentro de un proceso penal por delitos de la Ley 1008, lo que demuestra persecución indebida, el acoso al que fue sometido privándolo de su libertad aun sea por una hora, lo que vulneró el art. 9.I de la CPE y la jurisprudencia constitucional.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Cuando se trate de delitos de narcotráfico, excepcionalmente, la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico podrá realizar de oficio la requisa sin la presencia de un testigo de actuación o sin requerimiento fiscal dejando constancia en acta de los motivos que impidieron contar con la presencia del testigo o el requerimiento fiscal”.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA