Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0311/2006-R
Fecha: 29-Mar-2006
II.11.
II.11. El 30 de septiembre de 2004, el recurrente dirigiéndose a los vocales de la Sala Penal Segunda, solicitó la extinción del proceso (fs. 181 y vta.), elevándose en vista fiscal el 3 de octubre de 2004 (fs. 182), requiriendo el Fiscal el 28 de marzo de 2005, en sentido de que esa sala se declare incompetente para conocer la solicitud de extinción planteada, debiendo remitir obrados al Juez de primera instancia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- 1. a)
- III.1.
- que no conoció del proceso en ningún momento por vicios de orden procedimental
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR