SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0311/2006-R
Fecha: 29-Mar-2006
III.5.
III.5. Finalmente, con relación a que con el Auto emitido en última instancia, por los vocales de la Sala Penal Segunda, fue notificado después de un lapso de casi seis meses, corresponde señalar que el actor no especifica de qué forma esta supuesta irregularidad procedimental hubiere vulnerado los derechos que alega como lesionados, siendo necesario clarificar que en la interposición de esta acción tutelar se deben cumplir ciertos requisitos, entre ellos el establecer la conexitud entre el hecho, el derecho y el petitium de la causa, permitiendo al tribunal formar una convicción clara y precisa entre el supuesto fáctico denunciado, el o los derechos que se alegan como quebrantados y lo solicitado, debiendo existir relación y congruencia, requisitos incumplidos que imposibilitan la consideración de este supuesto acto ilegal denunciado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- 1. a)
- III.1.
- que no conoció del proceso en ningún momento por vicios de orden procedimental
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR