SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0311/2006-R
Fecha: 29-Mar-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 10 de agosto de 2005, cursante de fs. 258 a 259 vta. pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Juan Carlos Lavayen Rodríguez en representación de Juan Carlos Morales Larrea contra Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, ex vocales de la Sala Penal Segunda; Néstor Julio Enríquez Quiroga, Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador y Nuria Gisela Gonzáles Romero, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal Liquidadora, alegando la vulneración de los derechos a la defensa, a formular peticiones, a un proceso sin dilaciones indebidas, a un recurso efectivo ante los tribunales competentes, a formular peticiones, a la seguridad jurídica y a la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a) y h), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE), 14. 3 inc. c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- 1. a)
- III.1.
- que no conoció del proceso en ningún momento por vicios de orden procedimental
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR