Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2006
Fecha: 21-Abr-2006
II.4.
II.4. Por Sentencia de 17 de junio de 2005 (fs. 600 y 601), el Juez recurrido, amparó a Humberto Monasterio Iglesias en la posesión de las minas “Ayoreíta” y “Poema”, con costas y multa al demandado, sin perjuicio de los daños que existieren y las sanciones previstas en el Código penal. Con este fallo se notificó al recurrente en tablero judicial el 21 de junio de 2005 (fs. 602). A solicitud del demandante, a través del decreto de 1 de julio de 2005 (fs. 605), el Juez declaró ejecutoriada la Sentencia, al no haberse planteado apelación alguna. Con esta decisión se notificó al recurrente en 1 de julio de 2005 (fs. 606).
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- subsane
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Auto de 28 de septiembre de 2005
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad.
- 1)
- III.2. Análisis de la problemática planteada.
- “Artículo 42.-
- FUNDADO