Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2006
Fecha: 21-Abr-2006
subsane
Mediante AC 041/2006-CA, de 30 de enero (fs. 97 y 98), la Comisión de Admisión de este Tribunal, dispuso que el recurrente subsane la observación de forma allí señalada, relativa a la presentación de fotocopia legalizada, copia o testimonio del Auto de 7 de diciembre de 2005, cuya nulidad impugna, lo que fue cumplido al adjuntar literal al memorial de fs. 186, de manera que por AC 061/2006-CA, de 10 de febrero (fs. 191 a 194), dicha Comisión admitió el recurso y dispuso la citación del recurrido, lo que se realizó el 21 de febrero de 2006, conforme consta en la diligencia de fs. 226 vta.
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- subsane
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Auto de 28 de septiembre de 2005
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad.
- 1)
- III.2. Análisis de la problemática planteada.
- “Artículo 42.-
- FUNDADO