SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2006-R

Fecha: 10-Abr-2006

II.3.

II.3. Por memorial de 10 de enero de 1997, Julián Umasa apersonándose solicitó su exclusión del proceso, señalando domicilio procesal en la Calle Hans Gretter Esq. Beni (fs. 7). Por Resolución de 18 de enero de 1997 el Juez de la causa rechazó la solicitud de exclusión solicitada por Julian Umasa, disponiendo que la acción se prosiga como interdicto de recobrar la posesión (fs. 21 vta. -22). Resolución con la que fueron notificados los demandados el 23 de enero de 1997 (fs. 22). Por memorial de 25 de enero de 1997 la codemandada interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación contra el Auto de 18 de enero de 1997 solicitando se mantenga la acción como interdicto de retener la posesión (fs. 30). Por Resolución de 4 de febrero de 1997, el Juez de la causa mantuvo el Auto de 18 de enero de 1997, concediendo el recurso de apelación anunciado (fs. 32 vta.- 33), sin que conste en actuados la correspondiente Resolución.