Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0334/2006-R
Fecha: 10-Abr-2006
amparo constitucional
En revisión la Resolución de fs. 94 a 97 pronunciada el 1 de agosto de 2005 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Adhemar Fenelón Cruz Espinoza contra Edgar Bazán Ortega y José Calderón Torrez, Alcalde Municipal de Oruro y Director de Ordenamiento Territorial, respectivamente; alegando la vulneración de su derecho a la propiedad consagrado en los arts. 7 inc. i) y 22 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- ,
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 18
- cuando se trata de actos ilegales que recaigan sobre bienes que estén vinculados al derecho de propiedad o de posesión, debe demostrar la inexistencia de discusión o controversia sobre los mismos para legitimar su denuncia en esta jurisdicción
- III.2.
- APROBAR