SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0334/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0334/2006-R

Fecha: 10-Abr-2006

III.1

III.1  Antes de ingresar a la problemática en análisis, corresponde recordar que para otorgar la tutela inmediata y efectiva que brinda el amparo constitucional a aquellos propietarios de bienes inmuebles que sufran una lesión a su derecho a la propiedad por un despojo de su posesión por actos o medidas de hecho protagonizados por terceros, sean éstos particulares o autoridades públicas, este Tribunal a partir de la SC 944/2002-R, de 5 de agosto,  ha establecido que deben concurrir los siguientes supuestos: “1) el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado y 2) la evidencia, tampoco controvertida, de que los recurridos no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los recurrentes (...)”; lo que significa que el recurrente debe acreditar plenamente su derecho de propiedad sobre el inmueble, cuya titularidad no esté cuestionada ni se encuentre en litigio; y que las personas a quienes se acusa de haber lesionado el derecho a la propiedad privada no tengan constituido legalmente el derecho posesorio, sino que a través de actos de hecho tomen la posesión de la propiedad privada despojando a sus verdaderos propietarios. En este sentido también se han pronunciado las SSCC 152/2001-R, 489/2001-R, 1116/01-R, 1372/2001-R, 0217/2003-R, entre otras.