SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0404/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0404/2006-R

Fecha: 28-Abr-2006

II.13.

II.13. Por decretos de 27 de octubre de 1999 (fs. 452 vta., 454 vta. del anexo 3), se radicó la causa en el plenario y el Juez Tercero de Partido en lo Penal, recomendó a la parte querellante agilitar lo establecido en el art. 250 del CPP.1972, teniendo en cuenta que el procesado fue declarado rebelde en la instrucción. En ese sentido, el 12 de noviembre de 1999 (fs. 471 del anexo 3), se publicó el respectivo edicto y por Auto de 23 de febrero de 2000 (fs. 16 vta., 467 vta. del anexo 3), se declaró la rebeldía del representado del actor por su incomparecencia pese a su emplazamiento, siendo designando como Defensor de Oficio, Johnny Ayala para que lo represente, publicándose el edicto el 5 de marzo de 2000 (fs. 561 del anexo 3).