SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2006-R
Fecha: 16-May-2006
II.6.
II.6. Los representados de la recurrente, Herman Carlos Pino Escóbar, Roberto Cuba Céspedes, Jimena Villarroel Rico y Odalis Schock Algarañaz, presentaron memorial ante el Juez recurrido indicando que por decreto de 30 de diciembre de 2004 libró un ilegal mandamiento de desapoderamiento, toda vez que por Auto de 27 de julio de 2004, se declaró probada su tercería y se ordenó proceder al pago de beneficios sociales con prioridad a cualquier otra obligación perseguida; además de ello que desde el año 2003 habían tomado posesión del inmueble estando en posesión real del mismo, por lo que el Banco ejecutante debía pagar los beneficios sociales a los extrabajadores de VISOL que pretendía despojarlos del bien, por otra parte que no habían sido notificados siendo que vivían en el inmueble que se pretendía desapoderar (fs. 115 a 116).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1.
- III.2. Respecto a la denuncia contra el Auto de 3 de febrero de 2005 y el Auto de 19 de julio de 2005.-
- III.3. Respecto a la denuncia contra el decreto de 9 de febrero de 2005 y el Auto de 19 de julio de 2005.-
- III.4.