Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2006-R
Fecha: 16-May-2006
II.9.
II.9. Por memorial de 3 de marzo de 2005, la recurrente interpuso recurso de apelación contra el Auto de 3 de febrero de 2005 y contra el decreto de 9 de febrero de 2005, indicando que se vulneró el art. 397 del CPC pues al dictar el Auto apelado no se consideró lo dispuesto por el art. 14 de la Ley General del Trabajo (LGT) así como también la doctrina laboral, y tampoco se tomó en cuenta que el segundo remate y el Auto de adjudicación se llevaron a efecto sin haberse resuelto la tercería planteada y sin haberse notificado pese a estar admitida la misma (fs. 122 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1.
- III.2. Respecto a la denuncia contra el Auto de 3 de febrero de 2005 y el Auto de 19 de julio de 2005.-
- III.3. Respecto a la denuncia contra el decreto de 9 de febrero de 2005 y el Auto de 19 de julio de 2005.-
- III.4.