SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2006-R
Fecha: 31-May-2006
II.4.
II.4. El 11 de febrero de 2005 (Anexo 2), la actora respondió el recurso de alzada e “interpuso” recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra la Disposición Transitoria Primera del DS 27310, el cual fue rechazado por Resolución 01/2005, de 21 de febrero (Anexo 2), pronunciada por el Superintendente Tributario Regional a.i. Carlos Otálora Urquizu. El citado rechazo fue aprobado a través del AC 107/2005-CA, de 10 de marzo (Anexo 2).
Con el escrito de 28 de febrero de 2005 (Anexo 2), la actora se ratificó en la prueba presentada. El 14 de marzo de 2005, pidió señalamiento de audiencia para presentación de alegato oral de la Administración Aduanera, acto que se realizó el 18 de marzo. Igualmente, respondió al memorial de objeción de la parte adversa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concede
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- , siempre que no exista otro recurso o vía legal para demandar el respeto de tales derechos.
- SC 0348/2005-R
- respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
- que a través del amparo constitucional no se puede ingresar a examinar si las autoridades recurridas actuaron sin competencia o usurparon funciones que no les corresponde
- III.2. Análisis del presente caso
- la carencia de competencia o la usurpación de funciones debe ser impugnada a través del recurso idóneo que la Constitución Política del Estado ha proclamado para ese fin,
- III.3. En cuanto a la presunta falta de inmediatez
- Fragmento 19