Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2006-R
Fecha: 31-May-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución 030/05-SSA-I, cursante de fs. 329 a 330, pronunciada el 12 de septiembre de 2005 por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Kattia Ugarte Llosa en representación de Rubén Ramiro Márquez Salazar, Administrador de la Aduana Interior La Paz contra Ramiro Cabezas Masses y Carlos Otálora Urquizu, Superintendentes Tributarios General a.i. y Regional, respectivamente, alegando la vulneración del debido proceso en su elemento del juez natural y competente, consagrado en los arts. 14 y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concede
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- , siempre que no exista otro recurso o vía legal para demandar el respeto de tales derechos.
- SC 0348/2005-R
- respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
- que a través del amparo constitucional no se puede ingresar a examinar si las autoridades recurridas actuaron sin competencia o usurparon funciones que no les corresponde
- III.2. Análisis del presente caso
- la carencia de competencia o la usurpación de funciones debe ser impugnada a través del recurso idóneo que la Constitución Política del Estado ha proclamado para ese fin,
- III.3. En cuanto a la presunta falta de inmediatez
- Fragmento 19