SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0513/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0513/2006-R

Fecha: 31-May-2006

II.5.

II.5.  Mediante Auto de 17 de mayo de 2005 (fs. 37), la Intendenta Tributaria Departamental de Tarija, rechazó el recurso de alzada antedicho, al considerar  que fue presentado en forma extemporánea, considerando que el plazo señalado por el art. 143 del CTB es de veinte días desde la notificación con la resolución impugnada y que la  solicitud de complementación y enmienda no suspende el  plazo, al ser inaplicable lo dispuesto por el art. 196 del CPC.

         Con el citado Auto se notificó a Ferdy Auza Raya el 23 de mayo de 2005 (fs. 37 vta.), quien por memorial presentado el 30 de mayo de 2005 (fs. 38 y vta.),  solicitó se revoque y rectifique la providencia de rechazo del recurso de alzada, mereciendo el decreto de 3 de junio de 2005 (fs. 39), de “Estése a lo dispuesto en el Auto de 17 de mayo”.