Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Habiéndose sorteado el expediente el 10 de abril de 2006 y al requerir de mayor análisis y amplio estudio, por Acuerdo Jurisdiccional 91/2006, de 6 de junio, se procedió a ampliar el plazo procesal, en la mitad del término, siendo su nuevo vencimiento el 7 de julio de 2006, por lo que la presente Sentencia es dictada dentro del término previsto por ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así: a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados y
- III.2.
- APROBAR