SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0589/2006-R
Fecha: 21-Jun-2006
II.5.1.
II.5.1. El Consejo Departamental a través de la Resolución de Consejo Departamental 234/2004, de 9 de julio, resolvió autorizar al Prefecto del Departamento a realizar la transferencia a título gratuito del inmueble denominado El Palomar, ubicado en el barrio Juan XXIII a favor de la Asociación de Municipalidades del Departamento de Tarija, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 2656; asimismo, otorgó la conformidad de la Prefectura del Departamento para que el inmueble en cuestión sea destinado a la construcción de las instalaciones de la Escuela Nacional de Gobierno y del Centro de Capacitación Municipal (fs. 30 a 31).
Por su parte, la Resolución de Consejo Departamental 239/2004, de 23 de julio, autorizó al Prefecto del Departamento la suscripción del contrato para la elaboración del Proyecto a Diseño Final “Pavimento Rígido Población de Caraparí” con la Empresa Consultora Asociación de Consultores de Ingeniería S.R.L. (A.C.I. S.R.L.), por el monto de Bs87.155,98.- con plazo de prestación del servicio de ciento veinte días calendario computables a partir de emitida la orden de proceder (fs. 26 a 27).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1..
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.5.2.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1..
- III.2. Con referencia al debido proceso y al derecho a la defensa
- III.3.
- III.4.
- APROBAR