Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0595/2006-R
Fecha: 22-Jun-2006
II.5.
II.5. Mediante Resolución GEGPC-SM 197/2005, de 28 de junio, la autoridad sumariante modificó el numeral segundo del Auto Administrativo AN-GEGPC-SM180/2005 de 23 de junio de 2005, manteniendo la medida precautoria de cambio temporal de funciones de la servidora pública Michelle Josefina Cortés Pinto a la Administración de Aduana Desaguadero, disponiendo que el actual Administrador de Aduana Desaguadero pase a ocupar provisionalmente el puesto de Administrador de Aduana Aeropuerto El Alto, invocando el art. 21 inc. b) del Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, aprobado por DS 23318-A y su DS 26237 modificatorio ( fs. 42 a 43).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a) e
- improcedente
- II. 1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- si dentro de ese proceso interno, se determinó responsabilidad administrativa y se impuso como sanción la destitución,
- sin embargo impone la postergación, de su ejecución y sus efectos hasta que el hijo cumpla un año de edad y desaparezca la protección que le brinda el art. 1 de la citada Ley 975
- III.4.
- APRUEBA