SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0620/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0620/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

II.9.

II.9.   Por Auto 77/2006 de 5 de mayo (fs. 74 a 75), el Juez recurrido, sin previa audiencia, dejó sin efecto y sin valor legal el Auto 202 y el proveído de 16 de marzo de 2006 que concede las salidas del interno en la modalidad de extramuro y admitió el beneficio de redención, disponiendo que por Secretaría se elabore un nuevo cómputo de la pena, desde la fecha del mandamiento de condena, y ordenando su desglose para su ejecución, bajo los siguientes argumentos: a) en el caso de autos -Z-501/1994-, el mandamiento de condena se expidió el 23 de octubre de 2003 por lo que el interno no cumplió el 50% de la pena de diez años, b) el recurrente fue detenido en el caso C-532/1999 con una Sentencia de diez años de presidio en el que goza de beneficio de libertad condicional, además de tener otra Sentencia en su contra por el delito de fabricación de sustancias controladas con una sanción de cinco años de privación de libertad; por lo que el recurrente ha estado cumpliendo esas dos Sentencias y no así la del caso Z-501/1994; c) si se considera la fecha del mandamiento de condena, la decisión dejada sin efecto emergió del error en que se incurrió en el informe de cómputo de pena teniendo en cuenta como parámetro el certificado de ingreso y permanencia remitido por el Director del establecimiento penitenciario de 23 de diciembre de 2004.