AUTO CONSTITUCIONAL 208/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 208/2006-RCA

Fecha: 17-Jul-2006

II.2.3.  Ausencia de los requisitos de forma relativos a la indicación del tercero interesado y de la aportación de prueba

Habiéndose llegado a la conclusión de que en el presente caso, dada la particularidad de las circunstancias, no es aplicable el principio de subsidiariedad previsto por los arts. 94 y 96 de la LTC;  corresponde ingresar al análisis del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos por el art. 97 de la LTC, tal cual dispone la citada SC 0505/2005-R, de 10 de mayo. En ese sentido, se ha constatado que la demanda no cumple dos requisitos de forma, uno previsto por el art. 97.V de la LTC relativa a la aportación de prueba suficiente y otro desarrollado por la jurisprudencia constitucional.