SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0642/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0642/2006-R

Fecha: 04-Jul-2006

improcedente

Por Resolución cursante de fs. 86 a 88 vta., el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) en el caso concreto, la empresa recurrente CN GAS SRL no agotó los recursos administrativos previstos en la Ley de Municipalidades y Ley de Procedimiento Administrativo, por lo que no se abre el ámbito de aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional, en mérito a que el amparo constitucional tiene entre sus requisitos indispensables, la subsidiariedad; es decir, que no exista otro recurso que corrija o enmiende cualquier derecho vulnerado; b) la empresa recurrente tenía las vías legales para hacer valer su derecho; por consiguiente la demanda de amparo no se adecua a las previsiones del art. 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); sino que por el contrario, su accionar está contenido en las limitaciones establecidas en el art. 96.3 de la LTC.