SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0675/2006-R
Fecha: 17-Jul-2006
II.8.
II.8. Wilfredo Bernardo Fernández Muñecas, en representación de Marcelo Diez de Medina Lazcano, en 7 de abril de 2005 (fs. 375 a 379 y vta. del Anexo 2), dedujo oposición a la entrega del inmueble de av. Guerrilleros Lanza. Hizo lo propio Hernán Claros Beltrán en su condición de anticresista del inmueble señalado; y, el 13 de abril de 2005 (fs. 390 a 391 del Anexo 2), planteó tercería de pago preferente, que fue declarada improbada por Resolución 146/2005, de 26 de abril (fs. 398 y vta. del Anexo 2), en la que también se rechazaron las oposiciones a la entrega del bien. Wilfredo Bernardo Fernández Muñecas (fs. 400 a 401 del Anexo 2 y 3), formuló apelación, que fue concedida en 17 de junio de 2005 (fs. 404 del Anexo 3).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- 1)
- y no objetaron de ninguna forma la decisión judicial ni la tramitación del proceso ejecutivo sin su conocimiento,
- la impugnación de nulidad de actuaciones,
- no es menos evidente que el actor podía haber ejercido dentro del proceso ejecutivo la potestad de oponer un incidente de nulidad de citación
- REVOCA