Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0725/2006-R
Fecha: 21-Jul-2006
II.6.
II.6. Por oficio DNO-CAF 27/2005, de 1 de febrero de 2005, el Interventor del SENASIR comunicó al Rector de la UAGRM sobre la aceptación del SENASIR del reconocimiento de deuda por concepto de aportes laborales devengados al sistema de seguridad social a largo plazo del régimen complementario, correspondientes a enero de 1981 hasta enero de 1983, adjuntando la RA 27/05 de 28 de enero (fs. 50).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3 Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- Fragmento 20
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- REVOCA