Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2006-R
Fecha: 08-Ago-2006
I.1.3. Persona recurrida y petitorio
El recurso se interpone contra Jaime Gonzalo Veizaga Sanabria, Gerente General de la Terminal de Buses Cochabamba S.A., solicitando se declare procedente el recurso de amparo constitucional y se disponga restablecer el contrato, restitución al trabajo, con previa restitución del espacio alquilado y restitución de televisores, más la provisión de energía eléctrica.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- es preciso que el recurrente o agraviado, por una parte, aporte los elementos de prueba suficientes en los que se acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal, y por otra, acredite que en el supuesto acto u omisión ilegal fue cometido por la autoridad o persona recurrida
- III.3.
- APRUEBA