Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2006-R
Fecha: 08-Ago-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 8 de mayo de 2006, cursante de fs. 226 a 227, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Celso Quiroga Cáceres, en representación con mandato de Business Televisión BTV Network S.R.L. contra Jaime Gonzalo Veizaga Sanabria, Gerente General de la Terminal de Buses Cochabamba S.A. por haber atentado contra los derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y al debido proceso, consagrados por los arts. 7 incs. a) y d) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- es preciso que el recurrente o agraviado, por una parte, aporte los elementos de prueba suficientes en los que se acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal, y por otra, acredite que en el supuesto acto u omisión ilegal fue cometido por la autoridad o persona recurrida
- III.3.
- APRUEBA