Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0776/2006-R
Fecha: 08-Ago-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que los Vocales recurridos incurrieron en su detención ilegal e indebida, toda vez que en apelación, en forma oficiosa al no estar presentes en la audiencia ni el Fiscal ni el denunciante, confirmaron el Auto del inferior que rechazó la cesación de su detención preventiva, en contradicción con una resolución ejecutoriada que dictaron anteriormente, vulnerando los arts. 398 y 400 del CPP, y sin circunscribirse al único aspecto apelado de su parte. Consiguientemente, corresponde analizar si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- El art. 331 del CP, en mérito a la Ley 2625, de 22 de diciembre de 2003,
- El art. 203 del CP
- Fragmento 16
- el mínimo legal para ambos delitos, de acuerdo a la normativa vigente glosada, es de un año de privación de libertad.
- III.3.
- Fragmento 19