Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0790/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
Fragmento 16
En cuanto a la estructura del sistema de carrera judicial el art. 24.I de la LCJ señala que comprende los siguientes subsistemas: “1. Ingreso; 2. Evaluación y Permanencia; 3. Capacitación y Formación; y 4. Información”. El art. 25.I de la LCJ establece que el subsistema de ingreso a la carrera judicial es el proceso de selección que comprende las fases de concurso de méritos, exámenes de oposición y cursos de capacitación.