Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0810/2006-R
Fecha: 21-Ago-2006
II.1.
II.1. Por Sentencia 113, de 1 de julio de 2002 (fs. 40 a 41) el Juez hoy co recurrido declaró probada con costas la ejecución coactiva dentro del proceso coactivo civil de garantías reales sobre créditos hipotecarios y prendarios que siguió la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Hospicio” Ltda. contra Angélica Vásquez Torrez -ahora recurrente- y otro. Con la respectiva demanda coactiva y con la citada Sentencia los coactivados fueron notificados el 22 de agosto de 2002 a horas 9:50 (fs. 46 a 47).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- dentro del plazo de cinco días fatales
- III.3.
- Es de vital importancia tener en cuenta que el Auto de Vista señalado tiene su fundamento jurídico en la extemporaneidad de la presentación de tal excepción, que -como se ha constatado- ciertamente fue planteada fuera del plazo de los cinco días fatales y perentorios que prevé el art. 49.III de la LAPCAF
- para las partes
- III.4.
- APROBAR